reforma empleadas hogar

jcg73

Miembro activo
Tengo que tramitar un alta por menos de 60 horas mensuales, quién es el obligado de darse de alta ahora: la empleada, el empleador???? es voluntario, opcional que se dé de alta uno u otro??

y los que dimos de alta el año pasado???
 

Sergei

Miembro conocido
Con la nueva modificación, entiendo que la obligada al alta es la empleada.
Para los del año pasado, consulté en tesorería y aún no lo tenían claro...
 

javier

Miembro
Esto es lo que dice la norma

Cuatro. Con efectos desde 1 de abril de 2013, se añade un nuevo apartado 2 al artículo 43 y se modifica el actual apartado 2 de dicho artículo, que se numera como 3, quedando redactados ambos apartados en los siguientes términos:

«2. Los trabajadores incluidos en el Sistema Especial para Empleados de Hogar establecido en el Régimen General de la Seguridad Social que presten sus servicios durante menos de 60 horas mensuales por empleador, deberán formular directamente su afiliación, altas, bajas y variaciones de datos cuando así lo acuerden con tales empleadores. No obstante, estos últimos también podrán presentar la solicitud de baja en caso de extinción de la relación laboral.


Por lo tanto el trámite puede realizarlo cualquier de los dos, en caso de que así lo acuerden. Y entra en vigor el 1 de abril
 

Sergei

Miembro conocido
Gracias Javier

No tenía presente ahora lo del 1 de abril.
En la práctica, lo tramitará siempre el empleado...
 

FERNANDO

Miembro conocido
Y, encima, el empleador es siempre responsable subsidiario del ingreso de las cuotas. Lo hará el empleador, por la cuetna que le trae.
 

Sergei

Miembro conocido
Se verá con el tiempo, para el que tenga su gestoría que se lo tramite irá como decís pero, tal y como veo en tesorería, hay gran número de estas altas que las tramita directamente el empleado llevando de la mano al empleador o viceversa. En estos casos "delegarán" todo el papeleo al empleado de hogar porque "es a quien le interesa cotizar"...
 
Arriba