Regimen Artistas

MARIA88

Miembro
Buenos días, me podeis confirmar si la retención, sigue siendo el 15% en el régimen de artistas?
Ya se que se paga por actuaciones, pero a la hora de hacer el contrato que tengo que hacerle un 407 o un 507? o no hay contrato ?
Como soléis hacer vosotros para una actuación de 1 hora un solo dia puntual?
Gracias
 

GalVil

Nuevo miembro
Buenas
La retención mínima ha pasado al 2% para artistas. En cuanto al contrato el 407, este régimen , para artistas, no contempla el tiempo parcial. El 507 si para personal técnico o auxiliar.
En cuanto al alta en seguridad social, si la haces por red online tienes que indicar contrato 402 y colectivo 971 e indicar la categoría profesional. Siguen sin habilitar el contrato 407. Si la haces por siltra si que está habilitado.
 

MARIA88

Miembro
Buenas
La retención mínima ha pasado al 2% para artistas. En cuanto al contrato el 407, este régimen , para artistas, no contempla el tiempo parcial. El 507 si para personal técnico o auxiliar.
En cuanto al alta en seguridad social, si la haces por red online tienes que indicar contrato 402 y colectivo 971 e indicar la categoría profesional. Siguen sin habilitar el contrato 407. Si la haces por siltra si que está habilitado.
Muchisimas gracias por tu ayuda.
 

ELE

Miembro
Buenos dias.
Hoy tengo yo que tramitar el alta de dos musicos para un dia. Tengo que solicitar ccc nuevo para la empresa, o se hace con el ccc normal?? Y en cuanto a salarios que convenio tendría que aplicar?? Van a actuar en un restaurante un solo dia. A ver si me podeis iluminar que estoy muy perdida en este tema.
 

GalVil

Nuevo miembro
Si no tienes CCC del régimen de artistas tendrás que solicitarlo. Las altas y contratos, lo que indicaba en el otro mensaje.
En cuanto al convenio, yo no manejo el de salas de espectáculos, pero entiendo que es el que tendrías que aplicar en este caso (código de convenio 99100115012012). A ver si alguien que lo aplique habitualmente te puede confirmar.
 
Arriba