Buenos días, se trata de un restaurante que los fines de semana ofrece menú con música en vivo. Los cantantes que trabajan allí no son autónomos, por lo que he tenido que solicitar un CCC para tramitar sus altas en el régimen de artistas.
Sinceramente nunca he trabajado con éste régimen y necesito que alguien me oriente un poco.
¿Debo tramitar alta y baja por las horas puntuales que trabaje ese fin de semana que se les llame?
¿El tipo de contrato puede ser 501?
Sinceramente nunca he trabajado con éste régimen y necesito que alguien me oriente un poco.
¿Debo tramitar alta y baja por las horas puntuales que trabaje ese fin de semana que se les llame?
¿El tipo de contrato puede ser 501?