Y aunque el empleado quiera, si existen errores en la retencion que correspondia practicar en cada momento, sobre todo si ha supuesto ingresar de menos (aunque luego se comense globalmente al final) Hacienda puede sancionar por ello.
Aunque es cierto que es muy dificil, sonre todo en empresas grandes, que lo detecten, ya que las liquidaciones a cuenta (mod. 111 o 110) no se proporciona el detalle individualizado por trabajador, solo aparecen importes globales.
En todo caso, ademas de los límites (que existen), como ya se ha dicho, "el haberse equivocado" no es una de las causas establecidas que permiten regularizar el ipo de retencion.
Saludos