Reincorporación excedencia

Hola, por acuerdo entre empresa subcontrata y cliente, una trabajadora de la subcontrata va a pasar a trabajar directamente para el cliente para poder sustituir la baja laboral de una trabajadora, el cliente la conoce hace años, les gusta y deciden que sea ella la que sustituya. Total, que se propone una excedencia voluntaria para la trabajadora de 4 meses que se preveía que sería la duración de la baja, asi no pierde antigüedad la trabajadora y puede volver a su puesto habitual.
Total, que no sé qué ha pasado pero al mes y medio la trabajadora ya ha de volver a su puesto habitual.
El caso es que claro, se supone que la excedencia voluntaria ha de tener una duración mínima de 4 meses, existe algún problema si ahora tramito el alta de la trabajadora como si nada¿?
Por otro lado, para tramitar el alta, no recuerdo si es solo alta normal con FIC especifico o algo así?
Gracias
 

FERNANDO

Miembro conocido
Primero, no es excedencia voluntaria, sino suspensión por mutuo acuerdo. Y, si se ha firmado por 4 meses, el trabajador no tiene por qué volver antes, a no ser que dicha posibilidad se haya pactado.
 
Se debería de haber hecho una suspensión, está claro, pero se hizo excedencia, baja clave 64 (si no me equivoco ahora), y básicamente el trabajador se reincorpora antes porque el cliente ya no la necesita y la empresa acordó "recogerla" en cuanto la devolvieran de nuevo.
 
Si, si, hay acuerdo, se esperaba que fueran al menos 4 meses pero solo ha sido un mes, lo que me preocupa no es eso, sino la teoría, si la excedencia ha de ser de al menos 4, si es de menos meses al tramitar el alta de nuevo, puede haber algún problema o consecuencia?
 
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