Buenas tardes,
el tema es el siguiente: a un señor le reclama el inss el reintegro de la prestación de jubilación durante 4 años, al haber prestado servicios con una jornada parcial del 10% de la ordinaria. Buscaba posible doctrina que pudiera establecer únicamente el reintegro de la diferencia. No obstante, lo que veo, es, que la doctrina que existía en ese sentido, quedo sin efecto tras la reforma del artículo 45; es decir, la que hacía referencia a la buena fe y otras circunstancias concurrentes. Lo cierto es, que la cantidad a devolver es una barbaridad en relación con lo percibido en ese trabajo. Quería saber vuestras opiniones al respecto. Saludos.
el tema es el siguiente: a un señor le reclama el inss el reintegro de la prestación de jubilación durante 4 años, al haber prestado servicios con una jornada parcial del 10% de la ordinaria. Buscaba posible doctrina que pudiera establecer únicamente el reintegro de la diferencia. No obstante, lo que veo, es, que la doctrina que existía en ese sentido, quedo sin efecto tras la reforma del artículo 45; es decir, la que hacía referencia a la buena fe y otras circunstancias concurrentes. Lo cierto es, que la cantidad a devolver es una barbaridad en relación con lo percibido en ese trabajo. Quería saber vuestras opiniones al respecto. Saludos.