Rendimientos en especie - Qué valor asignar

blanquito147

Nuevo miembro
Buenas tardes,

La sociedad va a facilitar a uno de sus trabajadores una vivienda cuyo titular es la SL, teniendo que declararse en la nómina del trabajador el rendimiento en especie que va a percibir, ¿qué límites existen para asignarle el valor mensual a este rendimiento en especie? Puedo ponerle un valor de 300€ o tengo que calcularlo de alguna forma?

Muchas gracias de antemano.

Saludos cordiales.
 

blanquito147

Nuevo miembro
Buscando información al respecto he encontrado esto en la página de la AEAT:

1.- Utilización de vivienda

La regla de valoración de la retribución en especie derivada de la utilización de vivienda, viene determinada en función de que la vivienda sea o no propiedad del pagador:

A.-) Si la vivienda utilizada es propiedad del pagador (como es este caso):

Deben distinguirse los siguientes casos:

-En general, la valoración se efectuará por el importe que resulte de aplicar el porcentaje del 10 por 100 sobre el valor catastral de la vivienda.

-En el caso de inmuebles localizados en municipios en los que los valores han sido revisados o modificados, o determinados mediante un procedimiento de valoración colectiva de carácter general, y hayan entrado en vigor en el periodo impositivo o en el plazo de los diez periodos impositivos anteriores, el porcentaje aplicable sobre el valor catastral será del 5 por 100.

-En el caso de que a la fecha de devengo del IRPF los inmuebles carecieran de valor catastral o este no hubiera sido notificado al titular, el porcentaje será del 5 por 100 y se aplicará sobre el 50 por 100 del mayor de los siguientes valores: el comprobado por la Administración a efectos de otros tributos o el precio, contraprestación o valor de adquisición.

Limite: La valoración resultante de la retribución en especie correspondiente a la utilización de vivienda que sea propiedad del pagador, no podrá exceder del 10 por 100 de las restantes contraprestaciones del trabajo.
 

blanquito147

Nuevo miembro
No me queda del todo claro...

¿El % se aplica sobre el valor catastral o el valor de referencia del inmueble?

Entiendo que el resultado de aplicar el 5 por 100 sobre el valor catastral debo repartirlo entre las 12 pagas mensuales ¿no? Establezco el 5 por 100 porque el valor catastral sí ha sido revisado en los últimos 10 años.

Además la coletilla "límite", me descoloca por completo, "La valoración resultante de la retribución en especie no podrá exceder del 10% de las restantes contraprestaciones del trabajo"

Si tiene una nómina normal de 1.600€/mes, ¿significa que no puede exceder de 160€ el valor en especie?
 
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