RENTA Duda

rjgtijola

Miembro
Si una persona no se ha deducido nunca la adquisición de la hipoteca, eso no significa que no pueda hacerlo este año si la adquirió antes del 2013 no?
 

Ro

Miembro activo
Es raro que no la haya deducido pero si eso es así, entiendo que puede incluirla y hacer complentarias de. Los cuatro años anteriores, eso sí revisión segura, tendrá que presentar toda la documentación que le requieran.
 

PEDROJ

Nuevo miembro
Buenas tardes,

Solo se hacen complementarias cuando ha existido perjuicio para la Administración.

En el caso de no aplicar deducciones en años anteriores debes presentar un escrito a la Administración explicado la situación y ellos ya te indicarán la forma de proceder.

Repito, nunca complementaria. La complementaria por ejemplo se usa cuando:

- Presentas el modelo 111 (retenciones) y observar que se te ha olvidado incluir una retención, es decir, un saldo superior al declarado e ingresado, si estás en plazo no tiene recargo, si es fuera del plazo del trimestre se considera extemporánea y tendrá recargo.
 

PEDROJ

Nuevo miembro
;)  aquí estamos para servir!  :D

Me gusta mucho este foro donde todos podemos aportar lo que sabemos, que gran descubrimiento y más aun con gente maja. 

Un saludo y buen fin de semana.
 
Arriba