REPARTO DE BENEFICIOS

CANDU

Miembro
Tengo una empresa que quiere incluir en el contrato una clausula de reparto de beneficios que será sobre un 25% sobre los beneficios netos al final de año. El problema es que estos beneficios no se podran repartir en un solo mes ya que la nómina puede superar, según los beneficios que haya, los 10.000€. Entonces, esos beneficios se saben a final de año, pero ¿se podria repartir en las 12 nóminas del años siguiente?.
 

fundación

Miembro conocido
El devengo es previo, y debería cotizarse como atrasos. Cotizando "a futuro", ¿qué pasaría si se te va un trabajador al mes siguiente de haber pagado los beneficios?
 

JLC

Nuevo miembro
Nosotros estamos cotizando los beneficios, así como algún concepto más, prorrateado hacia adelante. Es un tema que en su momento se aceptó por la inspección de trabajo y por los auditores, aunque si que es cierto que si la persona se va no acabas de cotizarlo todo.
 
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