reposición días consumidos

jcg73

Miembro activo
Ya no se reponen los días consumidos de desempleo por EREs presentados a partir de ahora, entonces la pregunta es simple: para que no les afecte a los trabajadores, deberán cotizar 6 años nuevamente desde el último día de aplicación de ERE para tener el contador a cero???
 

Ro

Miembro activo
Aunque el ERE sea anterior, es decir venga del año pasado, ¿tampoco ser reponen? o solo afecta a los nuevos de este 2013.
 

jcg73

Miembro activo
Los trabajadores tendrán derecho a la reposición de la duración de la prestación por desempleo de nivel contributivo por el mismo número de días que hubieren recibido el desempleo con un límite máximo de 180 días.
Requisitos:

Que las suspensiones o reducciones de jornada se hayan producido entre el 1 de enero de 2012 y el 31 de diciembre de 2012, ambos inclusive
Que el despido se produzca entre la fecha de entrada en vigor de este real decreto-ley y el 31 de diciembre de 2013
 

jcg73

Miembro activo
Real Decreto-ley 3/2012, de 10 de febrero, de medidas urgentes para la reforma del mercado laboral.

Artículo 16. Reposición del derecho a la prestación por desempleo.

 

signifer

Miembro
Entiendo que la reposición en un ERE aprobado o comunicado en 2012, sigue en los términos que estaban fijados. Para los ERES de 2013 no hay reposición, al menos no la han aprobado todavía.

Si se solicita, en 2013, una prorroga de un ERE aplicado en 2012, ¿mantendría la reposición vigente en 2012?

Saludos
 

signifer

Miembro
FERNANDO dijo:
A ver; para reponerse la extinción se  ha de producir hasta el 31-12-2012. Ya pasó el plazo.

Creo que para ERES del 2012 (hasta 31/12/2012), las extinciones que quedaran aparadas por la reposición, son hasta 31/12/2013

Saludos
 

jcg73

Miembro activo
No Fernando, en caso de ERE (de suspensión o reducción) iniciado en 2012, la extinción debe producirse hasta el 31-12-2013.
 
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