Buenas!! tengo un cliente que va a empezar a trabajar utilizando la figura del representante de comercio, me expone cotizar por ellos a tiempo parcial (utilizar las bases mínimas del grupo 5 ) pero dándoles de alta a tiempo parcial,ya que la mayoría no llegaria nunca a cobrar ni el SMI,yo considero que no es posible,ya que no cabe la figura del representante de comercio a tiempo parcial(al no estar sujetos a horario no cabe,laSS siempre nos va a obligar a cotizar por la base mínima del grupo 5 a tiempo completo,a alguien mas se le ha dado el caso? ¿Qué opinais?