Buenos días!!
a ver si alguien me ilumina.
nos ha llegado una comprobación limitada de hacienda, donde nos piden unas diferencias por haber aplicado un tipo de retención a los representantes de comercio inferior al 15%, según Hacienda el tipo debe ser el 15 al tratarse de una relación laboral de carácter especial.. en este caso estábamos aplicando un 7-..
¿hay algo que alegar? o pasamos y pagamos?
graceeesss
a ver si alguien me ilumina.
nos ha llegado una comprobación limitada de hacienda, donde nos piden unas diferencias por haber aplicado un tipo de retención a los representantes de comercio inferior al 15%, según Hacienda el tipo debe ser el 15 al tratarse de una relación laboral de carácter especial.. en este caso estábamos aplicando un 7-..
¿hay algo que alegar? o pasamos y pagamos?
graceeesss