Buenas tardes,
A parte de los requisitos que sabemos para este tipo de jubilación, estoy leyendo que es necesario "Para demostrar la habitualidad, es obligatorio acreditar que las tareas referidas se vienen realizando por el trabajador, al menos durante los 12 meses anteriores al hecho causante" esto viene recogido en un documento de UGT, sin embargo en la ley no lo encuentro, lo digo porque un trabajador solicitó jubilación parcial pero el servicio de prevención no podía certificar que su puesto requiere esfuerzo físico o alto grado de atención en tareas de fabricación ..... porque era administrativo. El 01.04.2024, se le cambia la categoría a Jefe de taller y ahora solicita jubilación parcial, en principio reúne todos los requisitos si el servicio de prevención certifica pero no lleva un año en ese puesto.
Alguien me puede dar luz en este tema.
Muchas gracias.
A parte de los requisitos que sabemos para este tipo de jubilación, estoy leyendo que es necesario "Para demostrar la habitualidad, es obligatorio acreditar que las tareas referidas se vienen realizando por el trabajador, al menos durante los 12 meses anteriores al hecho causante" esto viene recogido en un documento de UGT, sin embargo en la ley no lo encuentro, lo digo porque un trabajador solicitó jubilación parcial pero el servicio de prevención no podía certificar que su puesto requiere esfuerzo físico o alto grado de atención en tareas de fabricación ..... porque era administrativo. El 01.04.2024, se le cambia la categoría a Jefe de taller y ahora solicita jubilación parcial, en principio reúne todos los requisitos si el servicio de prevención certifica pero no lleva un año en ese puesto.
Alguien me puede dar luz en este tema.
Muchas gracias.