Buenos dias. A ver si podeis, por favor, orientarme en este tema.
A un trabajador de una empresa cliente le han concedido una prestación de invalidez total y en la propia resolución se señala que será revisable antes de dos años.
La empresa, en menos de un año, cerrará el negocio por decisión de los socios y a los trabajadores que están de alta en dicha empresa se le abonará la indemnización correspondiente reconociendo la improcedencia en el UMAC.
Pero qué pasa con ese trabajador que a dia de hoy goza de la prestación por invalidez total si se la revisan y se le propone que vuelva a la empresa que ya no existe? Puede reclamar a la empresa la indemnización por despido?
Gracias
A un trabajador de una empresa cliente le han concedido una prestación de invalidez total y en la propia resolución se señala que será revisable antes de dos años.
La empresa, en menos de un año, cerrará el negocio por decisión de los socios y a los trabajadores que están de alta en dicha empresa se le abonará la indemnización correspondiente reconociendo la improcedencia en el UMAC.
Pero qué pasa con ese trabajador que a dia de hoy goza de la prestación por invalidez total si se la revisan y se le propone que vuelva a la empresa que ya no existe? Puede reclamar a la empresa la indemnización por despido?
Gracias