Buenos días!bien, pues queria plantearos las siguientes dudas. En un proceso de incapacidad permanete derivado de contingencias profesional, evidentemente, debe estar en la demanda la empresa responsable. Si además, ésta no dió de alta al trabajador, será responsable del pago..pero mi duda es..se puede ventirlar en el proceso de incapacidad la existencia de la relación laboral así como del accidente?yo entiendo que no, y que previamente a través de proceso de declaración de existencia de relación laboral u otros donde pueda discutirse la relación laboral debo resolver antes esa cuestión...ahora mismo me surgen multitud de dudas al respecto, que opinais?