RESPONSABILIDAD EMPRESARIAL

Ana Maria

Miembro
Buenos días!bien, pues queria plantearos las siguientes dudas. En un proceso de incapacidad permanete derivado de contingencias profesional, evidentemente, debe estar en la demanda la empresa responsable. Si además, ésta no dió de alta al trabajador, será responsable del pago..pero mi duda es..se puede ventirlar en el proceso de incapacidad la existencia de la relación laboral así como del accidente?yo entiendo que no, y que previamente a través de proceso de declaración de existencia de relación laboral u otros donde pueda discutirse la relación laboral debo resolver antes esa cuestión...ahora mismo me surgen multitud de dudas al respecto, que opinais?
 

FERNANDO

Miembro conocido
Pues yo entiendo que sí se puede y se debe discutir en dicho proceso la existencia de relación laboral para establecer las responsabilidades existentes para el empresario. Si no lo haces, el INSS alegará litisconsorcio pasivo necesario.....
 

Ana Maria

Miembro
Pero no puede alegar falta de litis....porque estará demandado todo el mundo. El tema es, si el inss me dirá que no se puede discutir la relación laboral, al encontrarnos en materia de seguridad social, ya que el inss ahi  ni pincha ni corta, incluso pudiendo decir que existe una acumulación indebida de acciones, aunque yo entiendo que no es una acción por si misma la discusión de la relación laboral..que opinas fernando...
 
Arriba