Descripción:
Buenos días
Una empresa en ERTE que ha sacado a todos los trabajadores en fecha 12 de mayo de 2020 y según indicaba el artículo 3 del RDL18/2020 se comunicó a la Autoridad Laboral la renuncia al expediente de regulación.
¿Puede exonerarse las cuotas del día 1 al 12 de mayo?
¿Tiene que realizar alguna declaración responsable?
Gracias
Resolución del Caso
La declaración responsable solo la tienen que presentar las empresas que tuvieran a 13/05 trabajadores en ERTE COVID, que entendemos no es su caso. La renuncia total al ERTE supone el fin de las exoneraciones. Del 1 a l 12 tendrán derecho a la exoneración.
Buenos días
Una empresa en ERTE que ha sacado a todos los trabajadores en fecha 12 de mayo de 2020 y según indicaba el artículo 3 del RDL18/2020 se comunicó a la Autoridad Laboral la renuncia al expediente de regulación.
¿Puede exonerarse las cuotas del día 1 al 12 de mayo?
¿Tiene que realizar alguna declaración responsable?
Gracias
Resolución del Caso
La declaración responsable solo la tienen que presentar las empresas que tuvieran a 13/05 trabajadores en ERTE COVID, que entendemos no es su caso. La renuncia total al ERTE supone el fin de las exoneraciones. Del 1 a l 12 tendrán derecho a la exoneración.