retencion irpf mínimo 2%para contratos de duración menor a un año

silvina

Nuevo miembro
tengo  dudas referente a la retención mínima del 2% en los contratos fin de obra (401), como no se sabe su fecha de término no tengo claro si es necesario aplicar el mínimo desde el principio por si acaso le dan de baja antes de cumplir ese plazo. Si al final llega a durar dos años entonces se le habría retenido de más teniendo dos hijos e hipoteca.
Quisiera conocer cuál es la practica habitual
gracias
 

Otin

Miembro
      A continuación pego la opinión de la Agencia Tributaria en INFORMA:
    "El tipo a aplicar dependerá de la estimación de la duración de la obra, y, por tanto, del contrato de trabajo. Si la duración previsible de dichos contratos es inferior al año, el tipo de retención no podrá ser inferior al 2 por 100. En otro caso, el importe de la retención se calculará de acuerdo con el procedimiento general."
    Saludos,



 
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