RETENCIONES: me ha llegado un requerimiento de hacienda en el que me dicen que a

francis

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un trabajador no se le ha retenido correctamente, a ver el comenzo en enero de 2011 con un contrato temporal y a media jornada (con un sueldo de 400 euros mensuales más o menos, todo el año ha llevado el 2% de retenciones, pero en noviembre como se le transformo a indefinido el programa me cogio 0% en noviembre y diciembre, ahora me dicen que tengo que ingresar 58 euros, que es justo el 2% mas o menos de esos meses sin retener, ¿puede ser correcto esto cuando no ha cobrado ni  para tener obligación de hacer renta? ah el requerimiento es a la empresa, gracias
 

JAIMESG

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Te aconsejo que consultes el 190 y veas qué has comunicado en él. Puede que hayas comunicado al perceptor con clave de contrato inferior al año y por tanto Hacienda entienda que debe retenerse al menos el 2%.
Comprueba que con sus ingresos y situación personal (con ayuda del programa de retenciones de hacienda 2010) la retención que se le practica es correcta o no.
De estar el problema en la comunicación de todo el año contrato inferior al año... en la propuesta de liquidación que te haya mandado Hacienda te da turno de alegaciones y puede alegar presentando el contrato y la conversión a indefinido para alegar que al regularizar en noviembre no había lugar a más retención de la ya efectuada... si es el caso.... solicitando sea archivado el requerimiento no habiendo lugar a modificación de cuantías retenidas....
 

francis

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re y si una modificación de jornada pasando de media a jornada maxima, el programa me recalculo y me la dejo en 0, siendo un contrato temporal, ¿me puedo escapar por la parte de los ingresos, ya que el bruto es de 7850 euros?, gracias
 

JAIMESG

Nuevo miembro
Al leer creí entender que se producía una transformación a indefinido..... No siendo así, entiendo que por definición el programa o por la operativa que llevaras a cabo al reflejar nueva situación... no calculaste bien la regularización; impepinablemente en contratos inferiores al año se tiene que retener AL MENOS el 2%. Por tanto, entiendo que no le cabe a la empresa otra que hacer frente al pago de lo que en su momento no procedió a retener e ingresar.......
 
A

Activo

Guest
¿Hubo conversión a indefinido en noviembre o no? Si lo hubo, la retención del 0% podría ser correcta tomando en cuenta la cuantía de salario de la que hablas. Eso sí, efectivamente en el 190 habría que informarlo correctamente.
 
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