Buenas,
A ver cómo operáis. Autónomo societario. Nómina con la cuota de autónomo como retribución en especie. Está de IT durante 4 meses. Al partir del día 61 de baja ya no paga la cuota pero se sigue indicando en la nómina y por lo tanto se tributa por ella en el consiguiente cierre trimestral.
¿Se puede regularizar? ¿Cómo lo haríais? ¿Si hago la cuenta de la vieja en el cuarto trimestre del 110 me pueden poner alguna pega?
Saludos
A ver cómo operáis. Autónomo societario. Nómina con la cuota de autónomo como retribución en especie. Está de IT durante 4 meses. Al partir del día 61 de baja ya no paga la cuota pero se sigue indicando en la nómina y por lo tanto se tributa por ella en el consiguiente cierre trimestral.
¿Se puede regularizar? ¿Cómo lo haríais? ¿Si hago la cuenta de la vieja en el cuarto trimestre del 110 me pueden poner alguna pega?
Saludos