Retribución relación especial abogados por cuenta ajena

raulCH77

Nuevo miembro
Hola,

en una relación laboral de carácter especial de abogado contratado por cuenta ajena por un bufete de abogados conforme el RD 1331/2006 de 17 de noviembre, el salario puede ser inferior al establecido en el Convenio Colectivo de aplicación para el grupo profesional que le correspondería ( GP 1 del C.C. de oficinas y despachos de Catalunya? Yo entiendo que no, ya que en el artículo 18 que regula la retribución establece que:

"1. Los abogados, por los servicios prestados a los despachos, tendrán derecho a percibir de los mismos las retribuciones que se acuerden en el contrato de trabajo, que deberán respetar, en todo caso las cuantías mínimas y las garantías establecidas legalmente, o las acordadas en convenios colectivos."

Gracias!
 

Mr. White

Miembro activo
A un despacho de abogados no le aplica oficinas y despachos. 

Esa referencia a Convenio Colectivo hay que ligarla con lo que dice el 2.b):

Los derechos y obligaciones concernientes a la relación laboral de carácter especial que se establece entre los abogados y los despachos de abogados para los que trabajan se regulan:

b) Por los convenios colectivos específicos y de aplicación exclusiva a los despachos de abogados.
 
Arriba