Art.28 Ley orgánica 5/1985:
Los trabajadores por cuenta ajena y los funcionarios nombrados Presidentes o Vocales de las Mesas Electorales tienen derecho a un permiso retribuido de jornada completa durante el día de la votación, si es laboral. En todo caso, tienen derecho a una reducción de su jornada de trabajo de cinco horas el día inmediatamente posterior.
Buenos días, la primera parte del artº está claro: permiso retribuido. En cuanto a la reducción de la jornada (no habla de permiso) como tal, la remuneración se hace en función del tiempo trabajado, lo cual, empleando la denominación de "permiso" para comparar (que ya hemos visto que la ley expresamente dice "reducción de jornada"), sería un permiso no retribuido.
Como lo veis, nosotros no descontamos nada. Pero quisiera saber en base a qué norma, si la hay.
Los trabajadores por cuenta ajena y los funcionarios nombrados Presidentes o Vocales de las Mesas Electorales tienen derecho a un permiso retribuido de jornada completa durante el día de la votación, si es laboral. En todo caso, tienen derecho a una reducción de su jornada de trabajo de cinco horas el día inmediatamente posterior.
Buenos días, la primera parte del artº está claro: permiso retribuido. En cuanto a la reducción de la jornada (no habla de permiso) como tal, la remuneración se hace en función del tiempo trabajado, lo cual, empleando la denominación de "permiso" para comparar (que ya hemos visto que la ley expresamente dice "reducción de jornada"), sería un permiso no retribuido.
Como lo veis, nosotros no descontamos nada. Pero quisiera saber en base a qué norma, si la hay.