Buenas tardes.
La próxima semana van a celebrar en la empresa donde trabajo reunión del comité con la dirección de cara al año 2026.
Como yo soy quien llevo el tema de RRHH estaré presente.
Entiendo que el orden del día hay que llevarlo previamente con los temas a tratar.
En esta empresa se ha venido trabajando habitualmente de 7:30 a 15:30 pero como ahora ha crecido, hay algunos trabajadores que van a turnos de mañana y tarde rotatorios, incluso si es por necesidades de producción turno de noche. Estos cambios horarios han generado conflictos de varios empleados.
La intención que tiene la dirección es conseguir la firma del comité para que, a partir de enero, y siempre justificado por producción se pueda dar un preaviso de X días pactado para modificar su horario a los trabajadores afectados.
¿Creéis que con el acuerdo entre dirección y comité sería suficiente para luego "imponer" esos cambios horarios? Lógicamente quien se negara a aceptar esa modificación sustancial de condiciones de trabajo, tendría opción de desvincularse siendo indemnizado con sus correspondientes 20 días por año.
¿El preaviso del cambio horario es de 15 días?
Gracias.
La próxima semana van a celebrar en la empresa donde trabajo reunión del comité con la dirección de cara al año 2026.
Como yo soy quien llevo el tema de RRHH estaré presente.
Entiendo que el orden del día hay que llevarlo previamente con los temas a tratar.
En esta empresa se ha venido trabajando habitualmente de 7:30 a 15:30 pero como ahora ha crecido, hay algunos trabajadores que van a turnos de mañana y tarde rotatorios, incluso si es por necesidades de producción turno de noche. Estos cambios horarios han generado conflictos de varios empleados.
La intención que tiene la dirección es conseguir la firma del comité para que, a partir de enero, y siempre justificado por producción se pueda dar un preaviso de X días pactado para modificar su horario a los trabajadores afectados.
¿Creéis que con el acuerdo entre dirección y comité sería suficiente para luego "imponer" esos cambios horarios? Lógicamente quien se negara a aceptar esa modificación sustancial de condiciones de trabajo, tendría opción de desvincularse siendo indemnizado con sus correspondientes 20 días por año.
¿El preaviso del cambio horario es de 15 días?
Gracias.