REVISIÓN DE INCAPACIDAD PERMANENTE

signifer

Miembro
Buenos días,

Una situación futurible.

El INSS inicia expediente de revisión de una incapacidad permanente revisable. Si el EVI emite informe declarando una mejoría que permite trabajar y el INSS resuelve el expediente con finalización de la incapacidad permanente.

¿Al trabajador len dan un  plazo para reincorporarse o debe hacerlo al siguiente día laborable a recibir la notificación de la resolución?.

Si el trabajador decide recurrir la resolución, en el plazo que le den, el recurso no suspende los efectos de la resolución y tiene que reincorporarse a su puesto hasta que se resuelva su reclamación, ¿verdad?

Un saludo


 

signifer

Miembro
¿Y sobre el plazo para reincorporarse al trabajo, una vez que el trabajador recibe la resolución que declara la finalización de l IPT revisable?

Resolución que también comunicaran a la empresa, al igual que al trabajador.

Saludos
 

Júpiter

Nuevo miembro
Cuando se recurre las altas medicas, tienes hasta 11 DIAS sin ir a trabajar ( contacto desde que inicias la impugnacion art128 LGSS)
Pero si recurres una IPT, porque tela han anulado o extinguido por REVISION por mejoria, entonces tienes que presentarte cuando le lo digan. ( el recurso no suspende los efectos de dicha resolucion)
Asi que a trabajar.
Saludos
 
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