Revisión pecata reducción facturación: fra emitida 31 de marzo

Elena-Z

Miembro activo
Que te cambien las normas, las intrepretaciones y los criterios casi 4 años después... es que no puedo con ello.

Cliente que en marzo facturó menos del 25% de los ingresos de media de los 6 meses naturales anteriores, y de los 6 últimos meses de 2019.

PEROOOOO su fra, su única factura, se hizo con fecha 31 de marzo, porque este hombre siempre facturaba a fin de mes.

¿Qué pasa? QUe le llega la reclamación de la mutua para que justifique la bajada de ingresos, me pongo a cumplimentar el modelo de ingresos para justificar que no llega al 25% de ingresos habituales de media... y como hay que poner las fras del 14 al 31... pues placa... consideran que ese ingreso corresponde a esos dias del 14 al 31, no al mes entero, y menos todavía al 1 al 13 de marzo que es cuando este hombre trabajó de verdad. Pero como cuando nos confinaron dijeron que era por dos semanas... pues no facturó el 13. Y luego ya facturó a fin de mes, como hace toda la vida.

Supongo que si en el escrito que adjunte a esto hago constar lo ocurrido les va a importar poco... ¿cómo lo veis?
 

Manu

Miembro
Que te cambien las normas, las intrepretaciones y los criterios casi 4 años después... es que no puedo con ello.

Cliente que en marzo facturó menos del 25% de los ingresos de media de los 6 meses naturales anteriores, y de los 6 últimos meses de 2019.

PEROOOOO su fra, su única factura, se hizo con fecha 31 de marzo, porque este hombre siempre facturaba a fin de mes.

¿Qué pasa? QUe le llega la reclamación de la mutua para que justifique la bajada de ingresos, me pongo a cumplimentar el modelo de ingresos para justificar que no llega al 25% de ingresos habituales de media... y como hay que poner las fras del 14 al 31... pues placa... consideran que ese ingreso corresponde a esos dias del 14 al 31, no al mes entero, y menos todavía al 1 al 13 de marzo que es cuando este hombre trabajó de verdad. Pero como cuando nos confinaron dijeron que era por dos semanas... pues no facturó el 13. Y luego ya facturó a fin de mes, como hace toda la vida.

Supongo que si en el escrito que adjunte a esto hago constar lo ocurrido les va a importar poco... ¿cómo lo veis?
Hola Elena,

¿Puedes demostrar de alguna forma que el servicio o venta se realizó entre el 1 y el 13 de marzo.? Algún justificante, recibo, albarán de entrega del servicio/venta realizada.

Supongo que se agarrarán a un clavo ardiendo y si no presentas nada más, pues te dirán que el servicio/venta se ha efectuado el 31 de marzo. Pero es que si el destinatario de la factura (el cliente de tu cliente) es otro empresario o profesional, la factura se podría emitir hasta el día 16 deo mes siguiente al del devengo del IVA (Reglamento de facturación) , pero el IVA se devenga en el momento d3 la venta/prestación de servicio. (Vamos, que podría haber facturado el 16 de abril y el servicio haberse realizado el 1 de marzo).

A la desesperada, y si tiene relación con el cliente al que facturó en su día, que le firme un recibo del servicio/venta realizada en fecha 10 de marzo (por poner una fecha)

No sé si me he explicado...o si te sirve para algo.
 

Cachilipox

Miembro conocido
El asunto se puede salvar por ahí, siempre y cuando, desde un origen, se hubiesen hecho bien las cosas.

Dice el Reglamento de Facturación:

Artículo 6. Contenido de la factura.

1. Toda factura y sus copias contendrán [...]
f) Descripción de las operaciones, consignándose todos los datos necesarios [...]
i) La fecha en que se hayan efectuado las operaciones que se documentan o en la que, en su caso, se haya recibido el pago anticipado, siempre que se trate de una fecha distinta a la de expedición de la factura


O sea, la propia factura es el certificado de realización de determinadas operaciones en determinadas fechas.
Vale que por defecto, y por elevación al TODO de solo una parte, a veces se pretende que el DATO "b) La fecha de su expedición" sea lo que marque su imputación y validez.
Pero aquí habría que estar al espíritu de la norma (la disminución de actividad causada por las restricciones del confinamiento), y no a su mera formalidad aparente.

Ahora bien, si esa factura fue emitida en plan sencillo y habitual ("Honorarios 1T2020", o "Trabajos diversos mes de marzo",....), pues cagada pastoret.
 

Elena-Z

Miembro activo
Gracias por vuestra ayuda.

Cagada pastoret.

Pero ese mes y todos. Autónomo societario que tiene que facturar a su sociedad y claro... pasa de detallar nada porque tiene que facturar sí o sí. Además trabaja en proyectos que no empiezan/acaban en un mes, que no son cosas sueltas, asi que dificil demostrar la fecha en que se hizo tal o cual trabajo... asi que así andamos... trabajos realizados mes X.

Lo que pasa y eso es lo fastidiado, que en pleno confinamiento, qué os voy a contar... no había a quien consultar nada al respecto. Porque estos dejaron de trabajar a mediados de marzo y hasta mitad de abril que se reorganizaron como pudieron visto que la cosa se alargaba... pues no facturó nada. En su momento hablaban "del mes"... no del 1 al 13 y del 14 al 31. De hecho tengo algún cliente que estoy viendo lo hubiera podido pedir en marzo, porque del 14 al 31 no facturó o facturó muy poco, pero como del 1 al 13 habian facturado normalmente, en conjunto marzo se pasaban.

Lo que tiene interpretar y decidir al cabo de casi 4 años, que ya les vale.
 
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