Buenos días de lunes!! voy a solicitar la baja por riesgo de embarazo de una trabajadora autónoma que está en las siguientes circunstancias:
A.-Autónoma trabajadora ya que trabaja en la empresa donde posee el 90% de las participaciones sociales siendo el administrador único su cónyuge (por eso está encuadrada en el régimen de autónomos)
B.- A su vez, es administradora única de una sociedad donde posee el 90% de las participaciones (autónomos).
Ahora voy a solicitar la baja por riesgo de embarazo, y me surge una duda:
¿tengo que solicitarla en las 2 sociedades? en la primera no tengo dudas ya que es trabajadora pero en la segunda?
A.-Autónoma trabajadora ya que trabaja en la empresa donde posee el 90% de las participaciones sociales siendo el administrador único su cónyuge (por eso está encuadrada en el régimen de autónomos)
B.- A su vez, es administradora única de una sociedad donde posee el 90% de las participaciones (autónomos).
Ahora voy a solicitar la baja por riesgo de embarazo, y me surge una duda:
¿tengo que solicitarla en las 2 sociedades? en la primera no tengo dudas ya que es trabajadora pero en la segunda?