RIESGO EMBARAZO MATERNIDAD DESEMPLEO

JAVIER_R

Miembro activo
Buenas tardes:

A ver si podeis orientarme con esta duda:

Trabajadora que solicita el riesgo de embarazo y se lo conceden. Un mes despues finaliza su contrato de trabajo y causa baja en la empresa. Como es normal sigue cobrando su prestación de riesgo de embarazo.

Pero mi duda es, una vez que termina el riesgo de embarazo, puede solicitar directamente la baja por maternidad en S.Social o, por contra en ese momento al no estar dada de alta en una empresa no tiene derecho.

Tendría que ir al INEM y solicitar en su lugar prestación por desempleo (que si reune todos los requisitos para prestación contributiva).

Apuntarse como demandante de empleo y llevar la baja por maternidad y, una vez que el INEM tiene constancia de esta situación, la envia a Seguridad Social para que solicite la prestación por maternidad?-

Me quedo bloqueado en ese punto. Qué pasos a seguir?. Gracias
 

fundación

Miembro conocido
Ya se te contestó: http://elasesorlaboral.es/foro/index.php?topic=21517.0

Si acaba el contrato se acaba la prestación: ya no hay riesgo en el puesto de trabajo.

Si tuviera derecho a prestación de desempleo la solicita, y cuando de a luz se comunica y suspende, pasando a cobrar la maternidad del INSS.

Si cobrara subsidio, no se suspende y sigue cobrando así, pero hay que comunicarlo también a efectos de control, cursos, etc.

Salvo mejor opinión.
 

JAVIER_R

Miembro activo
Es verdad ya lo habia preguntado y ya se me habia contestado. Como tenemos las cabezas....de todas formas, muchisimas gracias, como siempre.
 
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