salario contrato de formacion

NOEMI

Miembro conocido
Buenos días, tengo un contrato de formación, regido por el convenio de panaderías de Bizkaia, el caso,es que como no vi en su día ninguna regulación en el convenio al respecto de los contratos de formación estaba haciendo la nómina al 75% SMI, pero cual es mi sorpresa que ayer leo en el convenio categoria de aprendiz: Aprendiz: Es el empleado que está ligado a la Empresa con un contrato de Aprendizaje, en cuya virtud el empresario se obliga a enseñarle por sí o por otros, realizando tareas simples, colaborando con el resto del personal complementario.

Muerta que me quedo, porque claro esta categoría se abona de la siguiente manera: Aprendiz de 1.ª año

SALARIO BASE :20.03 /día
PLUS CONVENIO :215,84 / mes
MECANIZACIÓN: 3,00 / día

Mi pregunta, debería pagarle estas cantidades? y por otro lado, la cotización no cambia no? siempre se cotiza por la misma base independientemente lo que se cobre no es así? y otra pregunta,debo pagarle el 75% de esas cantidades? (ya que aunque está contratada a jornada completa, destina a formación el 25% ? es así? que creéis?
Ay... sino tendré un día tranquiloo  :-[
 

CHARO

Miembro conocido
La base de cotización es siempre la misma, independientemente de lo que le pagues. Yo desconozco ese convenio en concreto, pero si existe un salario para la categoría de aprendiz, se le debe aplicar al porcentaje efectivamente trabajado, es decir el 75% el primer año y el 80% el resto.
 

June

Miembro
Hola

He estado mirando el convenio, efectivamente debes aplicarle a los salarios de aprendiz primer año por el 75% y cuando cumpla un año coges los salarios de aprendiz segundo año y le aplicas el 85% .

El tercer año ya no te vienen salarios asi que yo seguiría con los de segundo año que son mas beneficiosos que el 85% de especialista panadero.
 
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