Buenos días, tengo un contrato de formación, regido por el convenio de panaderías de Bizkaia, el caso,es que como no vi en su día ninguna regulación en el convenio al respecto de los contratos de formación estaba haciendo la nómina al 75% SMI, pero cual es mi sorpresa que ayer leo en el convenio categoria de aprendiz: Aprendiz: Es el empleado que está ligado a la Empresa con un contrato de Aprendizaje, en cuya virtud el empresario se obliga a enseñarle por sí o por otros, realizando tareas simples, colaborando con el resto del personal complementario.
Muerta que me quedo, porque claro esta categoría se abona de la siguiente manera: Aprendiz de 1.ª año
SALARIO BASE :20.03 /día
PLUS CONVENIO :215,84 / mes
MECANIZACIÓN: 3,00 / día
Mi pregunta, debería pagarle estas cantidades? y por otro lado, la cotización no cambia no? siempre se cotiza por la misma base independientemente lo que se cobre no es así? y otra pregunta,debo pagarle el 75% de esas cantidades? (ya que aunque está contratada a jornada completa, destina a formación el 25% ? es así? que creéis?
Ay... sino tendré un día tranquiloo :-[
Muerta que me quedo, porque claro esta categoría se abona de la siguiente manera: Aprendiz de 1.ª año
SALARIO BASE :20.03 /día
PLUS CONVENIO :215,84 / mes
MECANIZACIÓN: 3,00 / día
Mi pregunta, debería pagarle estas cantidades? y por otro lado, la cotización no cambia no? siempre se cotiza por la misma base independientemente lo que se cobre no es así? y otra pregunta,debo pagarle el 75% de esas cantidades? (ya que aunque está contratada a jornada completa, destina a formación el 25% ? es así? que creéis?
Ay... sino tendré un día tranquiloo :-[