SALARIO CONTRATO EN PRACTICAS

rafags

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Hola buenas tardes, a ver si me podéis resolver una duda sobre el salario de los contratos en practicas. Es por una reclamación de cantidad a una empresa y el compañero que la lleva me dice que no llevo razón.
En el caso concreto el convenio no dice nada sobre el salario a aplicar, por lo que aplico el de la categoría en cuestion al 60% (  del salario base y de los complementos salariales) y el plus de transporte entiendo que al 100%( todo referido al primer año).
Discrepamos en que la empresa está pagando el p.transporte al 60 %
Entiendo también que el salario resultante no debe ser inferior al SMI, y es aquí donde me surge la duda, él me dice que el total: s.base+c.salariales+p.transporte no debe ser inferior al smi, y yo entiendo que no se debe contar el plus de transporte, es decir que el salario base + c.salariales deben ser como mínimo el smi y el plus de transporte aparte. Estoy en lo cierto?

gracias y un saludo

 

archilla

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y respecto a la porcentualidad del PLUS TRANSPORTE lee muy minuciosamente lo que diga el Convenio porque algunos pueden dar lugar a interpretaciones y otros son claro sobre la no divisibilidad, pues su fin no es una retribucion adiconal al salario (como sí parece que se hizo fraudulentamente en algunos convenios para pagar menos impuestos) sino una compensacion sobre lso gastos en transporte en los que puede incurrir el trabajado en la ida y retorno, de su domicilio al centro de trabajo, lo que evidencia la no proporcionalidad sobre el salario, sino una cantidad fija.
 

Clo

Nuevo miembro
Hola!
¿Estáis todos de acuerdo con Rafags y con Fernando?
Es decir, se pagaría SMI + plus transporte (sin minorar -a no ser q el convenio dijera otra cosa, como señala archilla)?
¿Nadie opina que pueda ser válida la interpretación del otro asesor (s.base+c.salariales+p.transporte, no debe ser inferior al smi)?
Saludos,
 

fundación

Miembro conocido
Entiendo también que el plus de transporte no debe sumarse al salario para la consideración del mínimo (SMI).
 
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