SALARIO HORA MINIMO

gmgeslab

Miembro
Buenas, tengo una duda. Se supone que el salario mínimo hora se fija en 9,26 euros con las pagas prorrateadas. Que pasa entonces si tengo un cliente que da de alta a un empleado y que pagándole por convenio, un contrato de 1 día a 4 horas (50% jornada), es decir el 50% del salario a jornada completa que es 1.155,36 en 15 pagas (esta dentro del SMI). Me sale un salario de 24.07 euros con las pagas, que entre las 4 horas sale a 6,01 euros. Como nos comemos eso? Está mal hecho???
 

Wastual

Miembro
Creo que has dividido el 50% del sueldo anual total (15 pagas) entre los "360 días (12x30)" del año. Ese cálculo arroja un resultado incorrecto y por ello, el descuadre de cotización a pesar de ser el salario es superior al SMI. Para calcular la retribución horaria hay que realizar la división, sin parcialidad y entre las horas anuales que marque el convenio. El resultado, para este caso particular es lo que interesa, ya incluirá las correspondientes vacaciones y pagas prorrateadas.

Ejemplo, si el convenio fija 1.792h anuales, entonces (1.155,36 * 15) / 1.792 = 9,67€/hora -> Retribución total igual a 38,68€ (por las 4 horas que comentas) y base de cotización superior a la mínima horaria establecida en la orden de cotización.
 

gmgeslab

Miembro
Creo que has dividido el 50% del sueldo anual total (15 pagas) entre los "360 días (12x30)" del año. Ese cálculo arroja un resultado incorrecto y por ello, el descuadre de cotización a pesar de ser el salario es superior al SMI. Para calcular la retribución horaria hay que realizar la división, sin parcialidad y entre las horas anuales que marque el convenio. El resultado, para este caso particular es lo que interesa, ya incluirá las correspondientes vacaciones y pagas prorrateadas.

Ejemplo, si el convenio fija 1.792h anuales, entonces (1.155,36 * 15) / 1.792 = 9,67€/hora -> Retribución total igual a 38,68€ (por las 4 horas que comentas) y base de cotización superior a la mínima horaria establecida en la orden de cotización.
Esto está fantástico y me cuadra, el tema es cuando decido pagar sobre ese salario mensual con pagas prorrateadas de 1.155,36 (+ prorrateo) y cuando pago por horas? De que depende?
 

Wastual

Miembro
En el caso que comentas (un trabajador a tiempo parcial, de un día de duración, y con solo 4 horas trabajadas), retribuirle de otra manera que no sea la indicada implicaría que se le abone un salario inferior al que tiene derecho (en este caso, debido a las disposiciones salariales del convenio colectivo de aplicación).

La forma de pago del salario, mientras que los devengos de este último retribuyan -según ET (SMI), convenio o contrato- el trabajo efectivamente realizado por el empleado, y teniendo en cuenta las especialidades a la hora de cotizar, actualmente, no hay norma que establezca obligación, limitación o especialidad alguna.

Así, por ejemplo, un trabajador a jornada parcial pero que se encuentre durante la totalidad de un año prestando servicios acorde a su jornada pactada, es indiferente que se le abonen 12 mensualidades iguales, o se decida no prorratear las pagas, o se tenga en cuenta el número de horas efectivamente prestadas en cada liquidación: al final, se le retribuirá anualmente lo que corresponde. Pero en el caso que comentas, no hacerlo de la manera expuesta -"por horas"- implicaría que el trabajador cobre menos de lo debido.
 
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