Salario Mínimo Interprofesional

Santiago

Miembro conocido
Buenos días
Aprobada la subida del SMI a 900 euros mensuales x 14 pagas = 12.600 euros brutos anuales
Entiendo que por una jornada de 40 horas semanales el salario mínimo anual será de 12.600 euros brutos anuales independientemente de lo que diga el convenio (que podría establecer salarios inferiores)
Y entiendo también que se prevé una actualización de las tablas salariales de todos los convenio para adaptarlos a este nuevo SMI
Saludos
 

signifer

Miembro
Zizouforever dijo:
Buenos días
Aprobada la subida del SMI a 900 euros mensuales x 14 pagas = 12.600 euros brutos anuales
Entiendo que por una jornada de 40 horas semanales el salario mínimo anual será de 12.600 euros brutos anuales independientemente de lo que diga el convenio (que podría establecer salarios inferiores)
Y entiendo también que se prevé una actualización de las tablas salariales de todos los convenio para adaptarlos a este nuevo SMI
Saludos

El nuevo SMI deberá ser referencia en las próximas tablas que se pacten, sí,  pero no es necesario que se actualicen por este motivo. Ni siquiera es esperable que se pongan a correr a hacerlo.

Todos lo que tengan salario base, y complementos salariales que puedan ser compensados por la subida del SMI, inferiores a la nueva cifra verán incrementado su salario desde 01/01/19

Salvo mejor opinión

Saludos
 

elchuske

Miembro conocido
surge la duda en cuanto al art. 3 apartado 2. Por lo que leo incluso antigüedad, transporte etc etc podrán ser compensados con el nuevo SMI.  No se si he leído bien. O lo estoy interpretando mal,
 

JAVIER_R

Miembro activo
A ver, si comienzo a entender esto un poco. por ejemplo un trabajador que tenga:

SALARIO BASE:  750
ANTIGUEDAD: 125
PLUS TRANSPORTE: 50

Suma total devengado 925 euros mensual, seguiría para 2.019 igual por estas esta cantidad por encima de 900 euros/mes?
 

signifer

Miembro
JAVIER_R dijo:
A ver, si comienzo a entender esto un poco. por ejemplo un trabajador que tenga:

SALARIO BASE:  750
ANTIGUEDAD: 125
PLUS TRANSPORTE: 50

Suma total devengado 925 euros mensual, seguiría para 2.019 igual por estas esta cantidad por encima de 900 euros/mes?

Los conceptos extrasalariales, como un plus de transporte, se pueden incluir en esta compensación?

Yo creo que no.

Saludos
 

signifer

Miembro
elchuske dijo:
surge la duda en cuanto al art. 3 apartado 2. Por lo que leo incluso antigüedad, transporte etc etc podrán ser compensados con el nuevo SMI.  No se si he leído bien. O lo estoy interpretando mal,

Pues tal y cómo lo han redactado surge la duda, si.

2. Estas percepciones son compensables con los ingresos que por todos los conceptos viniesen percibiendo los trabajadores en cómputo anual y jornada completa con arreglo a normas legales o convencionales, laudos arbitrales y contratos individuales de trabajo en vigor en la fecha de promulgación de este real decreto.

Pero debería referirse percepciones  salariales. No ha todas las percepciones, las salariales y las extrasalariales.

si se compensa con todo si que están hablando  en politikes

Saludos
 
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