Hola,tengo una duda con un trabajador que se encuentra de baja por it por enfermedad común desde el 1 de septiembre, el cual se le está aplicando el estatuto de los trabajadores, al no existir convenio en la actividad que desarrolla. Dicho trabajador no reúne los 180 días para tener derecho a la prestación por it, pero en este caso, la empresa ¿debería de abonarle cantidad alguna por dicha situación como complemento? Y si el trabajador , no continúa en la empresa al finalizarse su contrato de trabajo temporal hasta el 13 de septiembre de 2012 y continúa de baja por it, le abonaría algo la mutua hasta la fecha del alta médica?. Muchas gracias.