V
val2005
Guest
Se hizo el despido de un trabajador el cual cogió la incapacidad temporal cuando le hicimos el preaviso.
Hemos realizado el acto de concilición sin avenencia y ahora va a presentar demanda contra la empresa.
En el hipotetico caso de que se declarase la improcedencia y hubiesemos de abonar salarios de tramitación, ¿la cantidad que esta percibiendo por el subsidio de IT se debería descontar de esos salarios de tramitación?
Hemos realizado el acto de concilición sin avenencia y ahora va a presentar demanda contra la empresa.
En el hipotetico caso de que se declarase la improcedencia y hubiesemos de abonar salarios de tramitación, ¿la cantidad que esta percibiendo por el subsidio de IT se debería descontar de esos salarios de tramitación?