Una duda ( que me perdonen los más expertos... :-[):
Si a una empresa se le ha condenado a pagar una cantidad por salarios de tramitación, en un despido declarado improcedente y ésta al final es insolvente ... el fogasa asume el pago de éstos si no ha habido cotización por parte de la empresa al estar desde la fecha del despido cerrada y sin actividad???
Graciass
Si a una empresa se le ha condenado a pagar una cantidad por salarios de tramitación, en un despido declarado improcedente y ésta al final es insolvente ... el fogasa asume el pago de éstos si no ha habido cotización por parte de la empresa al estar desde la fecha del despido cerrada y sin actividad???
Graciass