salarios de tramitación

dudas

Nuevo miembro
Buenos días.

Los salarios de tramitación de las extinciones por causas objetivas producidas antes de la reforma laboral, en caso de que el juez lo declare improcedente y la empresa opte por abonar la indemnización, ¿tiene que abonar los salarios de tramitación por se el despido anterior al 12/02/2012?

Gracias

Saludos
 

Parole

Nuevo miembro
Entiendo que si el despido es anterior a la entrada en vigor de la reforma laboral, y la improcedencia se declara con posterioridad a la reforma (12 de febrero), no se devengarian salarios de tramitación. Si la declaración de improcedencia del despido es la que marca el punto de devengo de los salarios de tramitación, si ésta se produce después entiendo que  la norma que esta vigente en ese momento es el RD 3/2012.
Salvo mejor opinión por vuestra parte.
saludos
 

Raquel GR

Miembro activo
Va a depender del juzgado, ya ha habido alguna sentencia en el sentido de que no proceden, supongo que habrá en el otro sentido también.

Pero al no haber transitoria ni nada, por alegar, se puede alegar en ambos sentidos según interese...

Yo personalmente me inclino más como fundación, despidos antes de la reforma con salarios y posteriores sin salarios, pero...  ya digo, llegado el caso también alegaría lo que dice parole
 

Clo

Nuevo miembro
Exacto,
He leido que ya había sentencias para todos los gustos y no se ponían de acuerdo...
Os pego la información que me ha llegado:
"Salarios de tramitación. La reforma laboral elimina los salarios de tramitación si no se readmite al empleado. No tiene disposición transitoria, por lo que debe aplicarse de inmediato. El Juzgado de lo Social número 2 de León así lo ha entendido, y no ha otorgado salarios de tramitación a un empleado que fue despedido de forma improcedente en agosto y no ha sido readmitido. En cambio, el Juzgado de lo Social número 19 de Barcelona y otros de la misma ciudad y otras entienden que los despidos anteriores a la reforma tienen salarios de tramitación. Pero otras sentencias sólo otorgan salarios de tramitación desde que se produjo el despido hasta el 12 de febrero, cuando entró en vigor la reforma.
Algunos jueces progresistas alertan de que otorgarán algún tipo de indemnización extra por el tiempo que dure el juicio a los despidos improcedentes posteriores a la reforma."
Si no se aclaran ellos, menos nos vamos a aclarar nosotros!!
Por fin es viernes! Qué paséis buen finde...
 

Raquel GR

Miembro activo
Ves? que alguno pudiera dar hasta el 11/02/2012 eso no se me había ocurrido, pero claro, también.

Gracias Clo por la información

Y buen finde para tí también.
 

FERNANDO

Miembro conocido
Indemnización por eltiempo que tarda en dar se la sentencia?; la pagará la admón. por su falta de eficacia, ¿no?

Mandan cojones.
 
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