Buenas noches,
el exceso de 60 días....de salarios de tramitación, puede pedirse el abono al estado, en plazo de un año desde que se abonen. Respecto a la cotización, se puede hacer lo mismo?se puede pedir una vez abonada la misma, la devolución del exceso según al norma??saludos.
el exceso de 60 días....de salarios de tramitación, puede pedirse el abono al estado, en plazo de un año desde que se abonen. Respecto a la cotización, se puede hacer lo mismo?se puede pedir una vez abonada la misma, la devolución del exceso según al norma??saludos.