Yo ultimamente alucino bastante con la inspeccion, vereis el caso es el siguiente. Se hace un contrato temporal con una trabajadora unica empleada de una autonoma embarazada, bien se la da de baja el dia que la titular da a luz, que seria el 30 de abril, el dia 1 no trabaja evidentemente y el dia 2 va a buscar la papeleta del paro para poder hacerle el contrato de interinidad bonificado, se la da de alta a traves de la winsuite, para tener los 10 dias para subsanar defectos y asi poder presentar la maternidad y luego meter en plazo el alta con la bonificacion. Acude la inspeccion de trabajo el dia 4 con la chica ya de alta y le preguntan cuanto tiempo lleva trabajando, con lo que esta le dice 3 meses, entonces la subinspectora ademas de dejarme a la altura del betun con mi cliente dice que nos va a sancioar con 3000 pavos porque la chica el dijo que llevaba 3 meses, yo le digo que el dia 1 y 2 no trabajo que es la realidad y que el 3 ya estaba de alta (ella fue el 4), vosotros creeis que puede sancionar?
Por cierto le dijo a mi cliente que nos dedicabamos a hacer contratos en fraude de ley continuamente, que no era nada personal conmigo que lo haciamos todos, os parece normal? Que fraude de ley hay aqui?
Por cierto le dijo a mi cliente que nos dedicabamos a hacer contratos en fraude de ley continuamente, que no era nada personal conmigo que lo haciamos todos, os parece normal? Que fraude de ley hay aqui?