Sancion trabajador

ferrarito

Nuevo miembro
Si un trabajador que esta de baja de IT por enfermedad común, no se presenta a la mutua cuando esta le llama para hacer el seguimiento de su dolencia, a parte de que la mutua podría quitarle la prestación, la empresa podría sancionar al trabajador?

Que articulo del ET seria?
 

Mr. White

Miembro activo
El ET la única consecuencia que establece por no comparecer es la suspensión de los derechos económicos a cargo de la empresa por esas situaciones (complementos IT condicionados a que haya prestación,...).
 

FERNANDO

Miembro conocido
Ya, Mr. White, pero ello no supone que no se pueda incardinar en transgresión de la buena fe contractual: no permite a la Mutua que controle la situación de baja del empleado por su propia culpa. Hay que tener en cuenta que un trabajador de baja supone un coste para la empresa (seguridad social) sin que éste preste servicios.
 

Mr. White

Miembro activo
El ET solo recoge causas de despido, y muy proporcional no parece despedir a alguien por faltar a una cita de la mutua.

Y si nos vamos al Convenio, habrá que ver si está tipificada esa situación o no como infracción, porque si no lo está...

Yo nunca vi un convenio que establezca como infracción no acudir a las citas de la mutua de revisión, la verdad, más que nada porque al 99% una vez se pierde la prestación, el alta llega en días, maravillas de la medicina, oiga.
 

FERNANDO

Miembro conocido
Bueno, en los convenios siempre suele salir una sanción cajón de sastre: transgresión de la buena fe contractual.
 

Mr. White

Miembro activo
Ya, pero si un trabajador se duerme y no va a trabajar eso no es transgresión de la buena fe contractual, si no una ausencia injustificada, por lo que, siguiendo el mismo razonamiento, si un trabajador se duerme y no va a que le examine la mutua (que habrá que ver cómo le ha citado y eso, que todos sabemos cómo funcionan las mutuas) tampoco creo que eso encaje como transgresión de la buena fe contractual.
 

FERNANDO

Miembro conocido
Bueno, pero si se duerme, la carga de la prueba de que no fue a la cita, recae sobre él. Sólo faltaría. Y, dormirse, ya es una transgresión de la buena fe, sea para llegar tarde al trabajo, sea para no acudir a una cita tan trascendental como la de la mutua.
 

Mr. White

Miembro activo
Yo creo que dormirse un día es de ser humano, la verdad.

Y dormirse muchos días encajaría en mi opinión en el 54.2.a) ET (faltas repetidas e injustificadas...) no en el 54.2.d) ET.

Sí que sería transgresión de la buena fe contractual esto (si se pudiera acreditar, claro):

https://www.youtube.com/watch?v=xdgGOFGRMOI&index=18&list=PL4C7B1E73B5B70AF2
 

FERNANDO

Miembro conocido
Exacto: creo que, sancionable, sí lo es. Y, al no poder incluirse en faltas de asistencia al trabajo, pues yo lo incluiría en la transgresión de la buena fe.
 

mafaldasur

Nuevo miembro
Yo entiendo que la empresa debe queda al margen, al estar el contrato en suspenso, a lo mejor es eso lo que quiere el trabajador...
que luego se sacan el acoso muy rápido si hay finalmente despido.
Ya se encargará la Mutua de cortarle la prestación, y ahí te quiero ver...
salvo mejor opción
 

FERNANDO

Miembro conocido
Si se descubre que un trabajador, por poner ejemplo, cobra la prestación mientras que realiza tareas relativas a su ocio que puden retrasar o afectar a la curación, ¿no es sancionable?:  yo entiendo que sí.  Incluso con el despido.
 

Mr. White

Miembro activo
fundación dijo:
Ya, pero dormirse el día que te cita la mutua... psé.

Imagina que se va la luz y la alarma se desconfigura, imagina que configura la alarma en su móvil y su hijo de 2 años se la desconfigura mientras busca poner Pica Pica en Youtube, imagina que la noche anterior tiene fiebre y no descansa y se duerme...en fin, que no todos somos CR7 perfectos.

 

Black Mamba

Miembro
Yo no creo que sea conducta sancionable a no ser que lo establezca el convenio. Dejaría a la mutua que hiciese su trabajo y que se reincorpore cuando tenga el alta.
Si le suspenden la prestación, por eso, creéis que se le debería abonar el complemento de IT del
Convenio? Yo ahí sí que me pelearía un poco.

 
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