SE CONSIDERA EL SEGURO MÉDICO RETRIBUCIÓN EN ESPECIE?

I.M.M.R.

Nuevo miembro
Buenas tardes,
a finales de año, la empres nos ha incluido en la nómina (como salario en especie) la prima que paga por trabajador de una póliza de salud colectiva.
Mi duda es que la icluye como salario en especie, subiendo así la base de cotización y siendo menor el líquido a recibir... Es correcto que la incluya con este concepto? y por consiguiente que cobremos menos?.
En mi caso la prima no supera los 500€ anual.
Gracias y un saludo.
 

Nando_bcn

Miembro conocido
Respecto al seguro de asistencia médica pagado por la empresa (empresa tomador de la póliza y sus empleados y/o cónyuges e hijos como beneficarios) hay que diferenciar el tratamiento que tiene a efectos de cotización  y de IRPF.

Hasta el 23 de diciembre de 2013 el tratamiento era el mismo, esto es, estaba exento tanto de cotización como de tributación hasta el límite de 500€ de prima anuales y por asegurado, es decir, y en su caso, cotizaba y tributaba el exceso sobre esos 500€ (salvo que formara parte de un programa de retribución flexible, en cuyo caso cotizaba íntegramente, aunque mantenia la exención respecto al IRPF).

Desde ese fecha, cotiza desde el primer céntimo, pero, de momento, mantiene el mismo tratamiento fiscal, es decir, sólo tributa, y de existir, el exceso sobre los 500€ de prima anuales por asegurado.

Por tanto, que tu empresa lo incluya en nómina como concepto que cotice, es correcto (y no tribute, puesto que, como indicas, no supera esos 500€ de prima anual). Lo que no entiendo es porqué lo ha hecho a finales de año (¿te refieres que sólo lo ha hecho cotizar y por su importe mensual, en la nómina de diciembre?).
En fin, es este punto el que deberías pedir a tu empresa que te aclare.

Saludos
 
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