Esa posibilidad de limitar el derecho a la reducción de jornada por guarda legal sólo existe en el caso de que ambos trabajen en la misma empresa y lo soliciten y por el mismo "sujeto causante" (familiar a cargo).
Por tanto, si trabajan en distintas empresas no se da esa circunstancia.
Pero es que, además, áun en el caso de trabajar en al misma empresa y solicitar la reducción por el mismo sujeto cuasante (por ej. por el mismo hijo), tampoco parece que sea un derecho absoluto por parte de la empresa ya que el literal de la norma (art. 37.5 ET) señala que la empresa ha de alegar causas justificadas (que, imagino, llegado el caso, deberá tener que acreditar, tanto su existencia como la entidad de las mismas).
El caso del permiso de lactancia es distinto, ya que ahí hay un titular único, la madre, que, no obstante, puede renunciar al mismo en favor del padre.
Pero, como ves, la naturaleza y dinámica de la reducción de jornada por guarda legal es distinta, todos los familiares (padres respecto a hijos, descencientes respecto a ascendientes a cargo...) pueden ejercer ese derecho, indistintamente, e incluso de forma simultánea, respecto a un mismo familiar a cargo, con ese único matiz en el caso de que trabajen en la misma empresa y sea respecto a un mismo familiar (porque aunque trabajen juntos y cada uno tenga un hijo u otro familiar que cumpla los requisitos, tampoco se podría limitar).
Un saludo
Un saludo