Se nos plantea el caso de una sociedad cuyo administrador con mayoría d participaciones sociales estaba ejerciendo actividad empresarial a través de la misma, pero ahora le surge una oferta para irse con una empresa a régimen general, y su intención sería darse de baja pero en la sociedad hay un inmueble que pretende arrendar, y la duda sería si efectivamente no va a ejercer actividad empresarial alguna y sólo el alquiler de inmueble, debería seguir de autónomos o podría darse de baja. Muchas gracias