SEGURO DE CONVENIO TRATAMIENTO EN NÓMINA

Buenos días: No sé si se lleváis el convenio de hospedaje de Madrid, en el mismo, se indica que la empresa tiene que pagar una cantidad económica en caso de fallecimiento o incapacidad permanente, y que es la empresa la que tiene que concertar una póliza para garantizar al trabajador esa cantidad en caso de fallecimiento.
Por lo que no deja de ser un seguro de vida obligado por convenio.
La cuestión es, ¿lo consideráis como retribución en especie y por la tanto habría que incluirlo en nómina?
Gracias
 
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