SEGURO DE SALUD EN AUTONOMO DE UNA SOCIEDAD

JAIMESG

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En la NÓMINA de un autónomo de una sociedad se que podemos meter como gasto deducible como retribución en especie el importe del cupón de autónomos.
Ahora bien, ¿cómo se mete el seguro de salud este que está topado hasta los 500 euros anuales?
En el programa de ayuda de Hacienda de retenciones no se contempla.
Acaso solamente con la factura del pago al hacer la renta se tiene en cuenta y te dejas de lios, o ¿existe alguna forma de meterlo en nómina?
 

jcg73

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Ponlo como una retribución en especie exenta, o si trabajas con A3 crea un devengo exento y una deducción por el mismo concepto, recuerda que el pagador del seguro tiene que ser la empresa.
 

lor

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Creo que hay una resolucion de Tributos que para socios profesionales no puede aplicarse lo de la exencion de los 500 euros por haber una relacion entre la empresa y el socio.
 

JAIMESG

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De acuerdo jcg73, si creo como dices un concepto de devengo exento y como contrapartida una deducción por el mismo importe, esto ¿cómo va a actuar luego cuando genere el certificado de empresa del trabajador? ¿cómo va a quedar informado en el modelo 190 ?.
 

Ro

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Yo lo incluiría como una retribución en especie y como lo paga la empresa, entra y sale en la nómina del trabajador. con el IRPF correspondiente, en el mod. 190 lo incluye perfectamente, por lo menos en el programa de A3Nom
 

JAIMESG

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Buenas Ro. ¿como retribución en especie cuando no es considerado retribución en especie al menos hasta ese límite de 500 euros? ¿con el IRPF correspondeinte si no siendo retribución en especie ni tendra retención ni ingreso a cuenta ¿?¿?¿?  Además que ni el programa de ayuda de Hacienda para retenciones tiene casilla para consignar este seguro médico ni nada por el estilo ni el certificado de retenciones que sale del 190 entiendo que lo contempla tampoco....
 

elchuske

Miembro conocido
el autonomo de una sociedad no se puede deducir el seguro de salud tipo Adeslas o Sanitas ya que la condicion necesaria es que este en estimacion directa y un autonomo de una sociedad no esta en estimacion directa .
Entendeis ahora porque no aparece en el programa de hacienda???.
 

JAIMESG

Nuevo miembro
Por lo que veo en normativa del 190 se debe consignar ese seguro de salud con clave L subclave 21 que es un cajón de sastre. Esto para un trabajador por cuenta ajena y al igual que sí se comunica en el 190 no se consigna en el 111.
Pero también he leido o eso he creido entender que un un socio en una sociedad no puede deducirse ese seguro de salud ¿?¿?¿- Alguien puede aportar algo de luz al respecto porque tengo un liooo.
Pego enlace a consula vinculante de la Agencia Tributaria por la que parece que solo si eres "trabajador" podrás aplicarte ...
"La exigencia normativa de la condición de trabajador, para que pueda operar la no
consideración de rendimientos del trabajo en especie, comporta la necesidad de existencia
de una relación laboral"
http://petete.minhap.es/Scripts/know3.exe/tributos/CONSUVIN/texto.htm?NDoc=8231&Consulta=%2EEN+NUM%2DCONSULTA+%28V0%36%38%39%2D0%37%29&Pos=0&UD=1
 

elchuske

Miembro conocido
aclarar: autonomo administrador, puede ganar lo que le de la gana en especie pero como primero se lo pones como ingreso y luego se lo deduces el efecto impositivo para el autonomo es nulo, Para la empresa sera un gasto mas que puede que en el impuesto de sociedades no te lo puedas desgravar como gasto ya que como no es trabajador en sentido estricto se puede tratar de una liberalidad .( aqui entran las interpretaciones (
Trabajador por cuenta ajena, lo mismo que en el autonomo pero ademas cotiza tanto a irpf como a SS, en este caso si sera gastos para la empresa si media pacto .( y sera pago en especie )
trabajador autonomo en estimacion directa, pues eso directamente a la ley 46/2002 artoculo 14. es gasto, es deducible y ademas 500 euros año para todos los convivan con él menores de 25 años y pos supuesto el conyuge .
 
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