semanas prestacion maternidad

marcox

Miembro
Buenos dias,
creo que han salido novedades sobre la prestacion de maternidad y las semanas de disfrute. Me dice una cliente que tiene un niño de 7 años que si puede ahora disfrutar dos semanas por ello, ya que segun leo se pueden disfrutar dos semanas hasta que el niño cumpla 8 años. Ahora he visto tambien un asterisco que indica que el hijo ha de ser nacido a partir del 2 de agosto de 2024.....por tanto no entiendo bien eso de los 8 años...si alguien lo entiende
gracias
 

MarLo

Miembro conocido
Buenos dias,
creo que han salido novedades sobre la prestacion de maternidad y las semanas de disfrute. Me dice una cliente que tiene un niño de 7 años que si puede ahora disfrutar dos semanas por ello, ya que segun leo se pueden disfrutar dos semanas hasta que el niño cumpla 8 años. Ahora he visto tambien un asterisco que indica que el hijo ha de ser nacido a partir del 2 de agosto de 2024.....por tanto no entiendo bien eso de los 8 años...si alguien lo entiende
gracias
No puede disfrutar de esas dos semanas.

Disposición transitoria única Real Decreto Ley 9/2025. Aplicación a hechos causantes anteriores a la entrada en vigor


La regulación introducida por el presente Real Decreto-ley en el artículo 48.4 y 5 del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, y en el artículo 49.a), b) y c) del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, respecto de la adición de las dos semanas, cuatro en el caso de monoparentalidad, de suspensión del contrato de trabajo o del permiso por nacimiento y cuidado de menor que se pueden disfrutar hasta que el menor cumpla los ocho años de edad, será de aplicación a los hechos causantes producidos a partir del 2 de agosto de 2024.

El disfrute de dichas semanas de suspensión de contrato de trabajo o del permiso por nacimiento y cuidado de menor, así como la prestación económica correspondiente, podrá solicitarse a partir del 1 de enero de 2026 y no requerirá un nuevo reconocimiento del derecho, siendo de aplicación la normativa reguladora del disfrute del periodo de descanso voluntario por nacimiento y cuidado de menor.
 

Tronchacadenas

Miembro conocido
Muchísimas gracias por el aporte... es muy clarificador y además es un exponente de la complejidad de las normativas que aprueban ( no me refiero al fin o a los beneficios que persigue), me refiero a la forma enrevesada que tiene cada vez más la normativa relámpago.. algo tan simple como el cálculo de la maternidad se convierte en un puzzle de fecha hecho causante- número de semanas etc... y así con todo
 

YOLI

Miembro activo
Pero los padres de los nacidos antes del 02/08/24 también tienen derecho al permiso no retribuido de 8 semanas. Esas dos que han aumentado RETRIBUIDAS son para los nacidos a partir del 02/08/24 pero las 8 semanas de antes tiene derecho a cogerlo todo el mundo con hijos menores de 8 años, eso sí, NO RETRIBUIDO
 

Naialaboral

Miembro conocido
Pero los padres de los nacidos antes del 02/08/24 también tienen derecho al permiso no retribuido de 8 semanas. Esas dos que han aumentado RETRIBUIDAS son para los nacidos a partir del 02/08/24 pero las 8 semanas de antes tiene derecho a cogerlo todo el mundo con hijos menores de 8 años, eso sí, NO RETRIBUIDO
CORRECTO
 

Petrus

Miembro conocido
Las 2 retribuidas entiendo que a cargo de la empresa.
Pero los padres de los nacidos antes del 02/08/24 también tienen derecho al permiso no retribuido de 8 semanas. Esas dos que han aumentado RETRIBUIDAS son para los nacidos a partir del 02/08/24 pero las 8 semanas de antes tiene derecho a cogerlo todo el mundo con hijos menores de 8 años, eso sí, NO RETRIBUIDO
 
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