Sentencia de interés para todos, según el supremo

FERNANDO

Miembro conocido
La indemnización por despìdo se calcula dividiendo el salario anual entre 365 y no entre 360, independientemente del grupo de cotización del trabajador. La sentencia es de 2008 y dice que el salario día se obtiene dividiendo el anual entre los días del año (365 ó 366) y no entre 360 si es mensual. Es lo que yo sospechaba,pero viendo que, mayoritariamente, se hacía entre 360 y temiendo una consignación mal hecha con el consiguiente devengo de salarios de trámite, siempre lo hacía entre 360 por considerar que siempre es mejor consignar un poco más que un poco menos. Eso sí, ahora, cambiaré mi manera de actuar en este sentido.

Espero os haya sido de utilidad mi comentario.
 

Juan Miguel

Nuevo miembro
Gracias Fernando, yo creia que era entre 365 pero los compañeron me decian que entre 360 y así lo he estado haciendo.
Gracias mil.
 
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