SENTENCIA QUE INDICA DIAS DE PERMISO LABORABLES

VaneAlon

Miembro conocido
Buenos días,

Con la ampliación de los días de permiso del estatuto tengo a los clientes que echan chispas!!! Alguien me puede indicar donde se indica que dichos permisos son laborables y no naturales, se que fue el Tribunal Supremo pero no se en que sentencia concretamente....

Muchas gracias
 

Nando_bcn

Miembro conocido
Correcto (aunque eso el TS lo dijo cuando el permiso era de 2 días, pero entiendo que mantendrá igual criterio ahora que son 5, de hecho , algo me suena que ha salido hace poco en este sentido), pero recordad también que el propio TS siempre ha dejado claro (y si ya lo hacía cuando eran dos días, precisamente con más motivo ahora que son 5) que se trata de un permiso finalista y que, por tanto, para su disfrute debe subistir el hecho causante, es decir, a hospitalización, necesidad de antención durante el reposo domicilario...).
En fin, lo hemos estado debatiendo en los últimos meses por aquí.
 

VaneAlon

Miembro conocido
Gracias,yo a todos les digo que son laborables , pero claro alguno le esta dando todos los males y quieren justificación de porque ahora son 5 en vez de lo que marca el convenio.......
 

Tronchacadenas

Miembro conocido
Como lo veis?

>Intervención el domingo sin reposo: no se genera permiso

>Intervención el domingo con reposo no definida la finalización del reposo (aqui el problema no definir exactamente las fechas de reposo): L-M-X-J-V de permiso

>Intervención el domingo con reposo hasta el martes: permiso L-M
 

Nando_bcn

Miembro conocido
Gracias,yo a todos les digo que son laborables , pero claro alguno le esta dando todos los males y quieren justificación de porque ahora son 5 en vez de lo que marca el convenio.......
Justificación, el art. 37 ET.
Y si te quieres complicar, pues bueno, que lo que se ha hecho es trasponer una directiva comunitaria, que contemplaba un permiso de al menos 5 días ANUALES, para estas situaciones, pero, por lo que sea (prisas, porque no dan más de si, interés electoral ...) obviaron ese matiz ("anuales").
Muchos convenios han quedado obsoletos con esta medida (no pueden recortar lo que de forma general establece el ET), de hecho algunos, como el de Consultoría, han nacido ya obsoletos en ese punto.
 

Nando_bcn

Miembro conocido
Como lo veis?

>Intervención el domingo sin reposo: no se genera permiso

>Intervención el domingo con reposo no definida la finalización del reposo (aqui el problema no definir exactamente las fechas de reposo): L-M-X-J-V de permiso

>Intervención el domingo con reposo hasta el martes: permiso L-M
Seguro que es un tema no del todo pacífico, pero estoy de acuerdo con estos criterios para cada uno de los casos.
Eso sí, para el 2º... ya dependerá de lo que la empresa quiera complicarse respecto a acreditar el tiempo de reposo prescrito (como siempre digo, no siempre será ni fácil, ni cómodo, y al final la gente, "aluna gente" tratará de aportar justificante lo más genéricos posible, vaya, que hagan referencia simplemente al "reposo", sin precisar más).
 
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