SEPE

Saralaboral2

Miembro activo
Cada vez que escucho una conferencia del dire de Barcelona pillo unos cabreos. No estamos haciendo la faena de los funcionarios sino la del trabajador, su tono estaba vez no era conciliador.

Esta vez ha leído la guía, al menos no iba por libre.

Varios puntos interesantes

A- Se presenta Excel colectivo ( lila) porque para el sepe se presenta NUEVA PRESTACION.
Ya sabíamos que querían hacer limpieza, pero aunque es obvio , al menos yo no he caído que DAN DE BAJA TODAS LAS PRESTACIONES A 30/09/2020.
Con ello
1- se ha de tener cuidado porque nos cargan de la responsabilidad de presentarlas hasta el 20/10/2020
2- Si el trabajador esta de erte pero en medio coge la IT, no se puede poner en el Excel pero este señor le cortan la prestación. PROBLEMA
En este caso que se presente pago directo al INSS. De verdad el INSS lo tramitará? Dirá que es tema del SEPE  :(
3- Fecha inicio 01/10/20
4- Base reguladora la que se indico en marzo
5- Tramitar por sede electrónica

B- Los periodos de actividad,
Remarco que siempre siempre pusiéram

os el 1,25.
Paso de po

ner ejemplos, y que lo hiciéramos bien porque ellos tienen que anularlo todo desde el principio y mecanizarlo a mano. Pobrecitos, yo llevo dos emails al sepe para que me ayuden y pasan. Cabreo máximo.


Y no facilito ningún telefóno.


 

carla

Miembro
Hola Sara, gracias por la informacion, entiendo que nos tienen como el ultimo "mindundi" de la oficina. La pregunta que tengo es si hay que volver a presentar certificados de empresa??? ya que se reinicia la prestacion de nuevo
 

Sadie

Miembro conocido
Si son ERTES anteriores al 1 de Octubre no es necesario remitir certificado de empresa.
 

Saralaboral2

Miembro activo
Es la misma BR que marzo, por tanto, no se ha de enviar los certificados de empresa.

Eso hoy, no sé si mañana dirán lo contrario.
 

InmaRase

Miembro activo
Importante: Solamente tiene que remitir archivos de solicitud colectiva si se trata del alta inicial de un nuevo ERTE o de comunicar la variación de uno anterior.
Indique brevemente en el campo observaciones el motivo de la remisión

entonces, este aviso que pone el SEPE nada no? voy a presentar plantillas colectivas de ertes productivos que siguen hasta final de año con misma jornada y suspensión.
la presento igual!! ?¿
 

Iker

Miembro
InmaRase dijo:
voy a presentar plantillas colectivas de ertes productivos que siguen hasta final de año con misma jornada y suspensión.
la presento igual!! ?¿

Tengo la misma duda que tú. Tengo oído diferentes criterios al respecto. Desde que cortan todas las prestaciones el 30/09, por lo tanto hay que volver a solicitarla, hasta todo lo contrario, que si no ha cambiado nada desde el 14/03/2020, no hay que comunicar nada. Todo sigue igual.
Me inclino por la lógica, que sería la segunda opción. No hemos tocado nada anteriormente, y no deberíamos hacerlo ahora, pero ya no sé que hacer la verdad.
 

carla

Miembro
Iker dijo:
InmaRase dijo:
voy a presentar plantillas colectivas de ertes productivos que siguen hasta final de año con misma jornada y suspensión.
la presento igual!! ?¿

Tengo la misma duda que tú. Tengo oído diferentes criterios al respecto. Desde que cortan todas las prestaciones el 30/09, por lo tanto hay que volver a solicitarla, hasta todo lo contrario, que si no ha cambiado nada desde el 14/03/2020, no hay que comunicar nada. Todo sigue igual.
Me inclino por la lógica, que sería la segunda opción. No hemos tocado nada anteriormente, y no deberíamos hacerlo ahora, pero ya no sé que hacer la verdad.
Bueno...yo estaba por presentar de nuevo la solicitud excel plantilla lila, de hecho esto era lo unico que teni claro...pero ahora con vuestros comentarios pues ya no sé nada
 

Iker

Miembro
AFG dijo:
¿Se tienen que mandar también los Certificados de Empresa?

Hola AFG, creo que lo unico claro hasta ahora es que, de momento, NO hay que enviar nuevamente los certificados de empresa. De todos modos, seamos cautos y esperemos nuevas instruciones al respecto, que de buen seguro las habrá.

Saludos
 

SHGOROEL

Miembro conocido
Pero si la Guia pone en la página 2 en letras grandes y negrita Qué debe hacer la empresa cuyos trabajadores sigan en ERTE a partir del 1 de octubre, y el apartado 2º pone "Presentar solicitud colectiva..."  , pues esto habrá que hacer, si o sí, para todos los que continúen, sin que sean iniciales... eso creo yo. 
 
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