Simulador de jubilación del INSS y caso particular

anab

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Hola, me gustaría hacer una consulta a ver si alguien me puede aclarar este caso.

El simulador de jubilación del INSS me dice que me puedo jubilar con 65 años y 29 días. Sería en 2027. Realmente, el día de mi cumpleaños, tendría 38 años y cinco meses cotizados Es decir, tendría que esperar un mes para jubilarme, pero en 2027 cumpliría con ambas condiciones.

Pero leo en otros foros que si el día exacto de mi cumpleaños no tengo 38 años y 6 meses cotizados, mi edad de jubilación pasa a 67 años.

¿Puede ser esto cierto?
 

Wastual

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Si a los 65 años no se reúne el requisito de cotización, la “primera fecha” en la que se puede cursar la jubilación es el día posterior al cumpleaños en el que se alcancen el periodo mínimo de 38 años y 6 meses. No es necesario esperar a los 67 años -excepto que, claro está, ni a esa edad se llegue a mencionada carencia-, el simulador, en esta ocasión, es acertado.
 

anab

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Gracias por tu rápida respuesta.
Lo que dices entonces es que una vez que cumpla 65 años, vale todo el 2027 para completar la cotización de 38,5 años requerida?
 

Wastual

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Correcto. Como en esa época ya habrá finalizado el régimen transitorio de incremento de la edad de jubilación, si -por algún casual-, no alcanzaras la carencia en 2027, también podrías jubilarte si la alcanzas en 2028 o en 2029 -si esto ocurre antes que tu 67º cumpleaños-.
 

anab

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Correcto. Como en esa época ya habrá finalizado el régimen transitorio de incremento de la edad de jubilación, si -por algún casual-, no alcanzaras la carencia en 2027, también podrías jubilarte si la alcanzas en 2028 o en 2029 -si esto ocurre antes que tu 67º cumpleaños-.
Hola, perdóname si soy muy pesado, pero mi pregunta procede de que en laboralpensiones,com ponen precisamente un ejemplo de cómo si el día de tu 65 cumpleaños no tienes la cotización necesaria, aunque te falten 2 días, saltarías al tramo siguiente, en este caso, a 67 años. En mi empresa, se está difundiendo la misma duda que os planteo, ante el cambio de legislación. ¿Existe de verdad alguna posibilidad de que este asunto sea interpretable? Mis disculpas por anticipado.
 

Wastual

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Si pudieras enlazar exactamente el artículo de la página dónde aparece esa información... Me parece muy extraño, quizás esté redactado de una forma confusa o un tanto ambigua y de lugar a interpretaciones erróneas, porque esa página es conocida y suele contener bastante buena información, dudo que expongan ese criterio porque es totalmente incorrecto. Precisamente, el aspecto de las pensiones de jubilación que más claro puede llegar a estar, y en el que seguro te informan adecuadamente y con un criterio uniforme en todos los CAISS -al contrario de lo que suele ser habitual-, sería este, el de la edad.

Pero, volviendo a la fundación jurídica que indiqué, si se recurre al art. 205 LGSS, que determina los beneficiarios de la misma, este artículo exige tener 65 años cumplidos y 38 años y 6 meses cotizados ó -es decir, alternativamente, se debe una cumplir una u otra-, 67 años, sin requisito adicional -a excepción de las carencias genéricas y específicas-. Por tanto, ¿cuando tú tengas 65 años y 29 días, tendrás la carrera laboral exigida? Sí. Y también la edad. La redacción no exige alcanzar dicho mínimo al momento de los 65 años, si no tenerlos cumplidos. Reduciéndolo al absurdo: en 2035 tendrás 73 años, ¿pero tienes 65 años cumplidos -que es el requisito legal-? Sí, desde hace 8. Pero sí se tienen, que es lo imporante porque es lo que se exige.
 
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anab

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Sólo hemos trasladado a las fechas que me interesan en este caso (nacimiento en Agosto de 1962) el ejemplo que exponen a pie de cuadro. Igual es que no lo hemos entendido bien.
 

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Wastual

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Sólo hemos trasladado a las fechas que me interesan en este caso (nacimiento en Agosto de 1962) el ejemplo que exponen a pie de cuadro. Igual es que no lo hemos entendido bien.
Efectivamente, como indicaba, el ejemplo expuesto puede ser difícil de comprender. Lo que ahí se expone son ejemplos en los que no se tiene carrera de cotización suficiente y el régimen transitorio va aumentado cada año la edad de jubilación.

Pero a partir de 2027, se alcanzan los topes que quedan ya invariantes -excepto nueva reforma legal-. Pero ese ejemplo no incluye tu caso particular: que entre los 65 y 67 (o edad menor según el año) se alcancen los 38,5 años de cotización.

Me reitero
: el simulador del INSS es acertado y cuando alcances los 65 años y 29 días, al tener la carrera laboral exigida y cumplidos los 65 años, te podrás jubilar.
 
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