styuvesant74
Miembro
Buenas tardes
Esta mañana una compañera ha ido a la TGSS con el siguiente caso:
Tenemos una SL que el 100% del capital es de una ciudadana italiana, esta Sra. sólo tiene NIE y va a seguir residiendo en Italia.
La cuestión a plantear era sí nos podían dar el CCC de la empresa sin que se diera de alta a la italiana como autonoma/administradora a la espera que un día de estos venga a España y se haga entonces.
El caso es que quieren contratar un trabajador ya.
La respuesta de la funcionaria es que no hace falta que esta Sra. sea autónoma....
Nos ha dado el CCC sin más.....
Alguno tiene idea de estos temas, no lo acabo de entender
Gracias
Esta mañana una compañera ha ido a la TGSS con el siguiente caso:
Tenemos una SL que el 100% del capital es de una ciudadana italiana, esta Sra. sólo tiene NIE y va a seguir residiendo en Italia.
La cuestión a plantear era sí nos podían dar el CCC de la empresa sin que se diera de alta a la italiana como autonoma/administradora a la espera que un día de estos venga a España y se haga entonces.
El caso es que quieren contratar un trabajador ya.
La respuesta de la funcionaria es que no hace falta que esta Sra. sea autónoma....
Nos ha dado el CCC sin más.....
Alguno tiene idea de estos temas, no lo acabo de entender
Gracias