SMAC

dudas

Nuevo miembro
Buenas tardes.

Tengo una duda, puede parecer una tontería pero a mi me ha dejado con la duda: ¿es necesario, o se puede ir al SMAC, en el caso de que un empresario procede a extinguir por causas económicas el contrato de un trabajador, el 40 por ciento se lo va a abonar el FOGASA al trabajador, y para firmar toda la documentación van a que acudir al SMAC? o el SMAC solo actúa cuando hay una reclamación por parte del trabajador contra la empresa?

Perdonad la pregunta pero hoy hablaba un amigo que le acaban de despedir por amortización de puesto de trabajo y me comentaba que iba mañana al SMAC con la empresa a firmar toda la documentación, pero él no reclamó ni presentó ninguna papeleta de conciliación (a mi me parecía que se estaba equivocando, pero no sé ...)

Muchas gracias.

Saludos
 

Raquel GR

Miembro activo
Hola,

Se hace el despido tal cual, se firma todo y en la carta se especifica que cobrará el 40% del total de la indem indicando la cuantia del FOGASA y con eso va, alli le harán firmar una renuncia a denuncia o reclamación, y con toda la documentación cobra (si no la firma el fogasa no paga hasta que todo esté resuelto

Saludos
 

Clo

Nuevo miembro
Exacto. Yo tramité un expediente, los trabajadores firmaron renuncia y no fuimos al smac. Solicitamos el % al fogasa, y todo bien.
Saludos,
 

dudas

Nuevo miembro
Muchas gracias a las dos.

Perdona una cosa Raquel GR, tu te refieres a que la renuncia la firma en el FOGASA no en el  SMAC, verdad?? Vamos que como dice Clo no hay que ir al SMAC para nada.

Saludos
 

Raquel GR

Miembro activo
Sí, se firma en el FOGASA, no en el smac, eso es para si tuvieran otro acuerdo o algo así, como de dice clo, estamos hablando de los mismo, no hace falta ir al smac.
 
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