Buenas tardes,
Estoy lidiando con el programa de nominas y
El caso, es que al revisar porque el programa no me estaba calculando un embargo y tras darme cuenta de que el trabajador no llega al SMI (liquido), pues me ha asaltado la duda
Yo, como la mayoría de vosotros, considero el SMI como bruto. Ahora bien, si resulta que el SMI es inembargable y tanto AEAT y el programa, calculan la cantidad a embargar teniendo en cuenta el liquido percibido por el trabajador y no el bruto
¿Se debe considerar el SMI como liquido? ¿o mi cabeza me la esta jugando?
Estoy lidiando con el programa de nominas y
El caso, es que al revisar porque el programa no me estaba calculando un embargo y tras darme cuenta de que el trabajador no llega al SMI (liquido), pues me ha asaltado la duda
Yo, como la mayoría de vosotros, considero el SMI como bruto. Ahora bien, si resulta que el SMI es inembargable y tanto AEAT y el programa, calculan la cantidad a embargar teniendo en cuenta el liquido percibido por el trabajador y no el bruto
¿Se debe considerar el SMI como liquido? ¿o mi cabeza me la esta jugando?